Todas las personas físicas que, como trabajadoras asalariadas, eventuales, independientes o emprendedoras, se dediquen a las artes musicales, artes escénicas, artes visuales, artes audiovisuales, artes literarias, artes plásticas, según el glosario del Manual Descriptivo del Régimen Artístico del Ministerio de Cultura y Juventud, así como artistas en fotografía, artesanos, folcloristas y circenses, además de personas que tengan trabajos afines, en relación con todas estas artes, incluyendo a quienes realizan trabajos técnicos y de gestión.
Para comprobar su condición de persona trabajadora de las artes y la cultura, toda persona que quiera agremiarse deberá cumplir con dos de los siguientes requisitos: 1, título académico que lo acredite como artista, ingeniero, técnico, productor u otra especialidad afín a las artes, en caso de que hayan realizado estudios formales en una universidad, en un instituto o en una academia. 2, copia de inscripción tributaria por servicios profesionales relacionados con el quehacer musical y/o artístico. 3, comprobar su actividad musical y/o artística en el último año, ya sea por medio de páginas web, blogs, redes sociales, vídeos. 4, referencias de algún miembro de la Unión. Los casos de personas que solo cumplan con uno de estos requisitos serán analizados por la Junta Directiva, la cual resolverá.